El PP clasificó como residencial un suelo que inicialmente estaba considerado como equipamiento comunitario
MURCIA, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) ha fallado a favor del PSOE de Archena y en contra de la decisión que en su día adoptó el PP de clasificar como residencial un suelo que inicialmente estaba considerado como equipamiento comunitario.
Es decir, explicó el portavoz del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Archena, Pedro Antonio Abad, el PP "cambió un suelo para uso y disfrute de todos los archeneros por un suelo destinado a construir edificios".
El alcance de la sentencia es de especial importancia porque, señaló Abad en rueda de prensa, "demuestra más allá de consideraciones políticas, que el Equipo de Gobierno del PP de Archena ha tomado decisiones en materia urbanística que son contrarias a derecho, sin respetar la legalidad".
En concreto, el Tribunal Superior de Justicia ha declarado que cuando el Ayuntamiento adoptó ese acuerdo en 2006 "no respetó los trámites legales", ya que, apuntó el portavoz del Grupo Municipal Socialista en Archena, "en este tipo de decisiones, además de la Corporación municipal, debió intervenir la Comunidad Autónoma".
Además, expuso en base a la sentencia, no tuvieron en cuenta la Ley del Suelo de la Región de Murcia, que establece que por cada número de viviendas a construir deben existir unos espacios en superficie proporcional destinados a parques, jardines o centros públicos.
A este punto, Pedro Antonio Abad ha recordado que fue el Grupo Socialista quien expuso al Tribunal, "y éste nos ha dado la razón", como la decisión del Ayuntamiento estaba en contra de la ley y por tanto del interés general de los archeneros.
Así como que "no era admisible la vulneración de principios tan importantes como dotar de espacios públicos a nuestros ciudadanos y no la creencia de que todo era solucionable con el 'ladrillo', modelo económico que ya se ha demostrado que no es aceptable", añadió.
Además, el magistrado ha desestimado la argumentación que aportó el Ayuntamiento de Archena, "que pretendía justificar su actuación amparándose en una sentencia judicial que le obligaba a compensar urbanísticamente a un vecino".
Un argumento, apostilló el socialista, "que ha caído por su propio peso" ya que, según ha razonado el órgano jurisdiccional, en la tramitación de la modificación urbanística no consta ni una sola justificación, valoración o detalle de dicha compensación.
APROVECHAMIENTO LUCRATIVO
Qué fácil, exclamó, "hubiera sido para el Ayuntamiento demostrar que dicha compensación finalmente se entregó a es vecino, sin embargo no lo ha podido demostrar porque el destino no fue ese sino vender el aprovechamiento lucrativo para hacer dinero efectivo".
Ante esta sentencia, el Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Archena se pregunta cómo va a ser cumplida, "pues su obligatoriedad vincula al Equipo de Gobierno del PP que es quien tomó la decisión en su día".
Cuáles van a ser las consecuencias, insistió, al tiempo que preguntó "si los políticos del PP que tomaron esta decisión ilegal, --algunos aún en el Equipo de Gobierno--, van a asumir su responsabilidad, y cómo afectará a los funcionarios que en su día dieron el visto bueno".
Desde el PSOE de Archena, concluyó Pedro Antonio Abad, "defendemos un modelo de ciudad sostenible, en la que no se cambien espacios públicos por viviendas, sin previsión de los servicios y espacios públicos que deben quedar asegurados". "Defendemos el derecho de nuestros vecinos a tener un pueblo con más jardines, parques, centros de salud o guarderías públicas".
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